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CONTRATACIÓN OKTALENT EMPLEADORES

Oktalent es un lugar de encuentro en internet para organizaciones y personas que se dedican profesionalmente a la selección de personal, reclutamiento, orientación e intermediación laboral, en adelante “Recruiters”, para organizaciones y entidades con necesidades de contratación que tienen ofertas y vacantes de empleo, en lo sucesivo “Empleadores”, para candidatos que están en búsqueda activa de empleo y abiertos a nuevas oportunidades profesionales, en lo sucesivo “Candidatos”.

El Presente contrato tiene por objeto regular los términos y condiciones de uso de los servicios ofrecidos por Oktalent S.L., en adelante (OKTALENT) disponible en el dominio y web www.oktalent.es. Estas condiciones ordinarias de contratación (a partir de ahora, “Condiciones Ordinarias”) se aplican a los usuarios de la plataforma Oktalent (a partir de ahora, los “Empleadores”) que desean contratar los servicios de Oktalent, S.L., con domicilio social en C/ Fray Manuel Rivas y Arrabal, nº4, portal 4, bajo A. 14850 Baena, Córdoba y provista con CIF número B42759795 (“Oktalent”), para que los mismos se encarguen de llevar a cabo los servicios elegidos por el Empleador o Empleadores a través de la Web (el/los “Servicio/s”).

-CONDICIONES ORDINARIAS

Las Condiciones Ordinarias establecen los términos y condiciones sobre los que se regirán la relación entre Oktalent y los Empleadores. Así mismo, la relación de prestación de Servicios entre los Empleadores y los Recruiters o Candidatos se regularán a través de las correspondientes condiciones extraordinarias aplicables a cada Servicio (las “Condiciones Extraordinarias”).

Utilizaremos el término “Condiciones de Contratación” para hacer referencia a las Condiciones Ordinarias y Extraordinarias.

CLÁUSULA PRIMERA. ACEPTACIÓN Y EFICACIA DEL CONTRATO

La contratación y prestación de los servicios no se llevará a cabo si el empleador no acepta las Condiciones de Contratación. Esta aceptación del contrato por parte del Empleador cursará efectos en el momento en que este se registre en la Web www.oktalent.es. La no aceptación parte del empleador no comportará la asunción de ningún tipo de obligación ni responsabilidad por ninguna de las partes intervinientes en las mismas: a saber, Oktalent, Empleadores y Recruters.

Derecho de modificación del contrato. Oktalent se reserva el derecho de modificar el contenido y/o alcance de las Condiciones de Contratación, tanto Condiciones Ordinarias como Extraordinarias, en cualquier momento, por lo que, antes de solicitar los Servicios, el Empleador deberá leer atentamente su contenido ya que es responsabilidad del Empleador revisar las Condiciones de Contratación vigentes en cada momento.

CLÁUSULA SEGUNDA. ALTA DEL EMPLEADOR

El Empleador deberá darse de alta en la Web (www.oktalent.es) siguiendo las pautas previstas en la misma. En segundas y posteriores solicitudes de Servicios, el Empleador solamente deberá introducir la dirección de correo electrónico con la que se registró o nombre de usuario y la contraseña en el apartado de la Web “Log In”.

Una vez dado de alta, el Empleador recibirá de Oktalent una notificación en el correo electrónico de registro confirmando que el proceso de alta se ha realizado correctamente.

En el supuesto de que el Empleador no facilite toda la información requerida o no finalice el procedimiento de alta previsto en la Web, no constará registrado como tal y, por tanto, no se habrá producido la aceptación de las Condiciones de Contratación.

CLÁUSULA TERCERA. CESIÓN DE USO DE MARCA/SIGNOS DISTINTIVOS.

Oktalent podrá utilizar en la web y redes sociales las marcas o signos distintivos de las que sea titular, o tenga licencia de uso, el empleador dado de alta, siempre y cuando este ostente el derecho de cesión de uso del signo distintivo o marca del que se trate. Salvo que el Empleador acredite lo contrario, se entenderá que ostenta el derecho de uso y de cesión de uso de la marca o signo distintivo de las que esté haciendo uso.

CLÁUSULA CUARTA. REQUERIMIENTO DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA.

Oktalent se reserva la opción de solicitar a los Empleadores, en cualquier momento de la relación, documentación acreditativa a los efectos del desarrollo de la relación contractual. Este requerimiento se llevará a cabo mediante envió de correo electrónico a la dirección dada por el Empleador en el momento de su registro.

Se entenderá denegado el requerimiento emitido en los siguientes casos:

-Oktalent deberá realizar al menos envío de dos correos electrónicos en el intervalo de siete días. En el caso en el que no se produzca respuesta por parte del Empleador. Se entenderá denegado el requerimiento.

-Que el requerimiento sea denegado expresamente por el Empleador.

En el supuesto de que el Empleador deniegue los requerimientos de Oktalent, ésta podrá sancionarle con la prohibición del uso de la plataforma y asignarle la condición de “no activo”. Se le mantendrá la condición de Empleador en www.oktalent.es. Para retomar la situación anterior a la sanción se deberá cumplir con el requerimiento solicitado por Oktalent.

CLÁUSULA QUINTA. TARIFAS Y FACTURACIÓN

Tras el alta en Oktalent, el Empleador podrá, bien publicar ofertas eligiendo el fee a pagar por proceso de selección cerrado con éxito o bien enviar match a perfiles que encajan con las vacantes y, cuando el resultado del match sea positivo pagar por destapar el Curriculum Vitae (en adelante CV) siempre.

A través de una pasarela de pago integrada en la web, Oktalent cobrará al Empleador un precio fijo por destapar cada CV de match positivo. El importe de cada destape irá ligado al CV o perfil que se desee descubrir. Una vez realizado el pago por parte del empleador a través de los medios de pago integrados en la web, el destape de CV surtirá efectos de manera inmediata, pudiendo el empleador tener acceso a los datos de contacto del candidato.

Modelo de oferta headhunter. En el modelo oferta headhunter, Oktalent facturará al Empleador el importe que proceda de conformidad con la“Tarifa” correspondiente al Servicio aceptados a través de la Web www.oktalent.es. El empleador podrá elegir el fee o tarifa a pagar por proceso de selección cerrado con éxito en el momento de publicar la oferta de empleo.

Duplicidad de modelos. Si el Empleador obtiene un candidato a través del modelo “oferta headhunter” y de forma simultánea ha optado por destapar el mismo CV en el modelo “destape”, este proceso de selección se contabilizará como proceso cerrado con éxito en el modelo de oferta headhunter, en el caso de que sea contratado ese candidato.

En consecuencia, se generará el fee o tarifa seleccionada en el momento de publicar la oferta de empleo y el Empleador tendrá que soportar el pago de ambos modelos, pues no tendrá derecho de reembolso sobre precio de “destape” del CV del candidato contratado

Devengo. El Empleador deberá pagar la factura a Oktalent, mediante transferencia bancaria o cualquier otro medio de pago previsto en la Web, en un plazo máximo de treinta (30) días naturales a contar desde la recepción de la factura.

La Tarifa no incluye el IVA al tipo legal vigente ni cualquier otro impuesto aplicable.

En el caso de impago de alguna factura, Oktalent podrá reclamar al Empleador los intereses de demora al tipo de interés legal vigente en el momento que la Tarifa sea exigible. Oktalent podrá ejercer la opción de dar de baja al Empleador conforme a lo previsto en el apartado “Baja del Empleador”.

En el caso de duplicidad de candidatos por fuentes de reclutamiento externas a Oktalent, no se generará el fee en los siguientes casos:

-En el caso de que el Empleador demuestre que un determinado Candidato presentado por un Recruiter ya ha estado en un proceso de selección en los últimos 12 meses y ha sido entrevistado por éste. El Empleador no podrá eludir el fee en el caso de que tenga el CV por algún medio, pero no lo haya llegado a entrevistar o valorar.

-Que se demuestre por parte del Empleador que ha recibido el CV de un determinado candidato por una vía externa a Oktalent con anterioridad a recibirlo en dicha plataforma. En caso de no poder demostrar esto, el Empleador no podrá eludir el fee.

CLÁUSULA SEXTA. DERECHO Y OBLIGACIONES

-EMPLEADOR

-. El Empleador se obliga a mantener indemne a Oktalent de cualquier tipo de sanción, multa, indemnización de daños y perjuicios que le pueda ser impuesta con motivo de la prestación de los Servicios. Oktalent es un intermediario y, por tanto, queda exento de cualquier responsabilidad o reclamación derivada, directa o indirectamente, de la ejecución de los Servicios excepto en relación con las incidencias en la gestión del pago de los Servicios siempre que sean directamente imputables a Oktalent.

-. El Empleador se obliga frente a Oktalent a cumplir íntegramente las obligaciones previstas en las presentes Condiciones de Contratación, tanto Ordinarias como Extraordinarias y el resto de términos y condiciones previstos por Oktalent y la legislación aplicable en cada momento. En consecuencia, el Empleador responderá́ de los daños y perjuicios de toda naturaleza que Oktalent pueda sufrir como consecuencia del incumplimiento de dichas obligaciones.

-. El empleador está obligado a contratar los servicios de los Recruiters registrados a través de la web.

-. El Empleador no podrá en ningún momento contratar al Recruiter registrado fuera de la web www.oktalent.es ni prescindir de los honorarios previstos en la Web. En caso de incumplir dicha obligación, el Empleador deberá pagar a Oktalent el importe de la Tarifa que hubiese resultado de contratar los servicios a través de www.oktalent.es.

-. El Empleador deberá́ comunicar a Oktalent sus datos personales actuales e informar de cualquier modificación en los mismos, a fin de que la información contenida en los ficheros de Oktalent esté actualizada y sin errores. Los datos de los citados Empleadores, deberán ser proporcionados por cada entidad a los Recruiters y Candidatos. El Empleador responderá́, en tal caso, de la veracidad de los datos facilitados, reservándose

-. Las ofertas de los Empleadores estarán disponibles y permanecerán en estado “abierta” hasta encontrar al candidato que cubra la vacante o hasta la finalización del tiempo previsto para la recepción de candidaturas.

-. Con el fin de poder registrarse como usuario de Oktalent, el Empleador deberá completar el formulario electrónico inicial datos adjuntos en el Anexo I a este contrato.

-OKTALENT

-. Oktalent garantiza la seguridad de los datos de carácter personal, evitando su pérdida, tratamiento, alteración o acceso no autorizado, teniendo en cuenta la naturaleza de los datos tratados y los riesgos a los que dichos datos pueden estar expuestos. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos UE 679/2016 (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales 3/2018 (LOPDGDD), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la RGPD.

-. Oktalent manifiesta que tiene implantadas las medidas técnicas y organizativas de nivel que garantizan la seguridad de los datos de carácter personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta de la naturaleza de los datos que trata y los riesgos a los que dichos datos puedan estar expuestos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos UE 679/2016 (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales 3/2018 (LOPDGDD), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la RGPD. Entre dichas medidas destacan:

●Restringir el acceso a la plataforma a los usuarios debidamente registrados

●Restringir el acceso a sus datos únicamente a aquellos usuarios y/o personal de Oktalent que deban conocerlos para realizar la prestación de Servicios.

●Realizar exámenes y auditorías para comprobar la veracidad de los datos aportados por los usuarios.

-. Los datos de carácter personal facilitados por los Empleadores a Oktalent como consecuencia de la prestación de servicios, serán tratados con la más absoluta confidencialidad. De igual manera, Oktalent no utilizará, comunicará ni aplicará dichos datos con un fin distinto al previsto en las Condiciones Ordinarias.

-. Oktalent se reserva el derecho de excluir de la Web, así como asignar la condición de “No activo”, a cualquier Empleador que haya facilitado datos falsos o fraudulentos, sin perjuicio de las demás acciones que legalmente procedan.

-. Si el Empleador se da de baja conforme a lo previsto en el Apartado BAJA DEL EMPLEADOR, los datos de carácter personal objeto del tratamiento le serán devueltos. Dicha devolución se llevará a cabo en el formato y soportes utilizados para almacenar dichos datos.

CLÁUSULA SÉPTIMA. GENERALIDADES

El único acuerdo válido entre las Partes está recogido en las Condiciones de Contratación, dejando sin efecto cualquiera otros contratos o acuerdos alcanzados por las Partes con anterioridad en relación con el mismo objeto, ya sean orales o escritos.

La relación entre Oktalent y el Empleador es una relación de intermediación y, por tanto, estrictamente mercantil. En consecuencia, no se deriva ningún tipo de relación ajena a la mercantilo de vínculo laboral entre ambas partes.

En el caso de que cualquiera de las cláusulas de las Condiciones de Contratación fuese declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, la prestación de servicios seguirá rigiéndose por las Condiciones de Contratación. Sólo dejará de tener validez la disposición declarada nula o ineficaz, y ninguna otra parte o disposición del mismo quedará perjudicada, invalidada o anulada por tal nulidad o ineficacia, salvo que por resultar esencial hubiese de afectar las Condiciones de Contratación de forma integral.

CLÁUSULA OCTAVA. BAJA DEL EMPLEADOR

Para darse de baja como Empleador, será́ necesario que el Empleador lo comunique por correo electrónico a Oktalent a través de los datos de contacto que figuran en la Web. Para poder hacer efectiva la baja como Empleador, no deberá tener abierto ningún proceso de selección en www.oktalent.es ni ninguna factura pendiente de pago.

CLÁUSULA NOVENA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

De conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos UE 679/2016 (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales 3/2018 (LOPDGDD) y la ley 34/2002, de 11 de julio de Servicios de la Sociedad de la información y de Comercio Electrónico (LSSICE), Oktalent informa a los Empleadores que los datos de carácter personal facilitados a través de la Web www.oktalent.es se integrarán en un fichero titularidad de Oktalent con la finalidad de gestionar la intermediación en los Servicios, información sobre programas, funcionalidades y novedades en la web y, en especial, la gestión de los cobros y pagos consecuencia de los mismos. Los Empleadores podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos previstos en la legislación vigente, en el domicilio social de Oktalent o previa solicitud por correo electrónico a info@oktalent.es poniendo en el asunto ELIMINAR (Ref. RGPD).

CLÁUSULA DÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD

Ambas partes se comprometen a guardar la más absoluta reserva sobre la Información Confidencial de la otra parte. Se entiende por “Información Confidencial”, cualquier información de tipo comercial, técnico, financiero y de negocio a la que haya tenido acceso como consecuencia de la colaboración o prestación de los servicios.

Las partes mantendrán el secreto de toda la Información Confidencial y no podrán, en ningún momento, vender, ceder, transmitir o revelar dicha Información Confidencial, ni en su totalidad ni en parte, a ningún tercero. Así como, utilizarla o disponer de ella para cualquier fin distinto de aquel para el que fue revelada, sin la autorización previa por escrito de la otra parte.

La obligación se mantendrá en vigor con posterioridad a la terminación de la relación entre ambas partes teniendo una duración indefinida.

La obligación de confidencialidad regulada en esta cláusula no es aplicable a:

-(i) la información que, en el momento de su divulgación, ya fuera de dominio público;

- (ii) la información que, tras haber sido revelada por Oktalent, pase a ser de dominio público a través de publicaciones o por otros medios, sin infracción por parte del Empleador.

CLÁUSULA UNDÉCIMA. AUTORIZACIÓN REPRESENTACIÓN.

El Empleador autoriza a Oktalent a actuar en su nombre para el caso de que tuviera que subcontratar a un tercero la prestación de parte de los servicios de la intermediación, y ello comporta el tratamiento de los datos personales titularidad de los Empleadores por dicho tercero.

CLÁUSULA DUODÉCIMA. OBLIGACIONES Y RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD

Oktalent, no se responsabiliza de los daños y perjuicios que puedan derivarse a los Empleadores, directa o indirectamente, por su acceso o uso de la plataforma www.oktalent.es, incluyéndose los producidos por los sistemas informáticos, así como los provocados por la introducción ataques informáticos, caídas, virus o defecto en las comunicaciones de Internet, sin perjuicio de lo establecido en la sección segunda del Capítulo Segundo del Título II de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

CLÁUSULA DECIMOTERCERA. EXTINCIÓN

En el caso de que el Empleador incumpla alguna de las obligaciones previstas en estas Condiciones de Contratación o cualesquiera otros términos y condiciones previstos en la Web, Oktalent se reserva el derecho a cancelar inmediatamente la solicitud, la ejecución de los Servicios y darle de baja en la Web, adoptando cualquier medida técnica que sea necesaria al efecto.

CLÁUSULA DECIMOCUARTA. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

Conforme con la legislación española se regirán e interpretarán las Condiciones Ordinarias.

Para cualquier discrepancia que pudiera surgir y no se resolviera de forma amistosa, Oktalent y el Empleador, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Córdoba.

-CONDICIONES EXTRAORDINARIAS EMPLEADORES – RECRUITERS SELECCIÓN DE CANDIDATOS

CLÁUSULA PREVIA. OBJETO

La prestación de Servicios a realizar por parte de Oktalent a los Empleadores está regulada en las presentes Condiciones Extraordinarias.

Los términos y definiciones incluidos en las Condiciones Extraordinarias tendrán el mismo significado que en las Condiciones Ordinarias. En caso de contradicción entre lo previsto en las Condiciones Ordinarias y las Condiciones Extraordinarias prevalecerán éstas últimas.

CLÁUSULA PRIMERA. SERVICIOS DEL RECRUITER

Una vez que el Empleador haya publicado la oferta de empleo en Oktalent, la red de Recruiters registrados en la web tendrán acceso a los datos publicados en la oferta y podrán o no, participar en ella. Participar en la oferta de empleo implica prestar al Empleador el Servicio de selección de candidatos de conformidad con lo previsto en las Condiciones Extraordinarias.

El Recruiter, mediante la aceptación de la participación en la oferta, garantiza al Empleador:

1.Que los Servicios que preste al Empleador no infringirán la normativa vigente ni cualesquiera derechos de terceros, en especial, de Oktalent.

2.Que tiene suficiente capacidad y experiencia necesarios para la prestación de los Servicios al Empleador.

CLÁUSULA SEGUNDA. HONORARIOS

Como contraprestación por los Servicios, el Empleador se obliga a pagar, a través de Oktalent, el importe de la Tarifa que consistirá́ en alguno de los siguientes parámetros:

●Importe fijo previamente establecido por Oktalent o los Recruiters por destape de CV de match positivo.

●Porcentaje elegido por el Empleador sobre el importe del salario total bruto anual del Candidato a jornada completa y, en su caso, el variable, plan de acciones o similar (PSO, Phantom Shares…) y el automóvil de empresa (valorado en un importe de 4.000€/año) que indique el Empleador en la Web; o bien,

●Importe fijo previamente pactado entre el empleador y Oktalent en el momento de publicar la oferta.

Los importes del servicio se indicarán en euros, todas las facturas entre Oktalent y los usuarios se realizarán en esta moneda. Si por alguna razón hubiera de hacerse en alguna moneda distinta, la cifra resultante se calculará teniendo en cuenta el cambio oficial con el euro en el día de la incorporación del candidato, o bien, el día del destape, según datos del banco central europeo:

https://www.ecb.europa.eu/stats/policy_and_exchange_rates/euro_reference_exchange_rates/html/index.en.html

CLÁUSULA TERCERA. GASTOS

En el supuesto que Oktalent o el Recruiter deban incurrir en determinados gastos para la correcta prestación de los Servicios al Empleador (tales como desplazamientos y dietas), Oktalent deberá consultar al Empleador y este aprobarlos con carácter previo y por escrito.

CLÁUSULA CUARTA. GARANTÍAS

Una vez suscrito el contrato entre Empleador y Candidato, si el Empleador resuelve el contrato, despide al Candidato o bien éste renuncia voluntariamente al contrato dentro de los tres (3) primeros meses (a contar desde el inicio de la actividad profesional del Candidato en la organización del Empleador), el Recruiter beneficiario de dicha Tarifa llevará a cabo una nueva selección de Candidato para el mismo Empleador de forma gratuita.

Las garantías serán aplicables únicamente una sola vez por cada Candidato, y siempre que la extinción del contrato del Candidato no esté basada en un incumplimiento del mismo por parte del Empleador.

CLÁUSULA QUINTA. TITULARIDAD FICHA DEL CANDIDATO

Oktalent será propietario durante el plazo de un (1) año de la ficha e información del Candidato o Candidatos que formen parte de un proceso de selección como consecuencia de la prestación de servicios entre Las Partes. El plazo temporal de un (1) año comenzará a contar desde que se produzca la validación del Candidato o Candidatos por parte del Empleador.

Por ello, en caso de que el Candidato sea contratado por el Empleador (o alguna empresa de su mismo grupo), se devengará el importe de la Tarifa establecido en el proceso de selección para el cual se envió el CV por parte del Recruiter.

CLÁUSULA SEXTA. LÍMITES

El Recruiter no podrá proponer como Candidato a ningún trabajador del mismo Empleador en los plazos previstos en el Apartado GARANTÍAS (a contar desde la fecha de finalización del último proceso de selección). Ello no impide a un Candidato que, de forma unilateral y espontánea y, en su caso, de mutuo acuerdo con su empresa, presente por su cuenta al mismo Empleador su candidatura.

CLÁUSULA SÉPTIMA. EXTINCIÓN

Las presentes Condiciones Extraordinarias se extinguirán en los siguientes supuestos:

1.Por acuerdo expreso de ambas partes;

2.Por incumplimiento de las obligaciones previstas en las Condiciones Extraordinarias;

3.Por denuncia unilateral de alguna de las partes siempre que medie un preaviso por escrito de treinta (30) días naturales.

CLÁUSULA OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD

Ambas partes se comprometen a guardar absoluta reserva sobre la Información Confidencial de la otra parte. A estos efectos, se entiende por “Información Confidencial”, cualquier información de tipo técnico, comercial, financiero y de negocio a la que haya tenido acceso una parte con motivo de la prestación de los Servicios.

En consecuencia, las partes mantendrán el secreto de toda la Información Confidencial y no podrán, en ningún momento, vender, transmitir o revelar dicha Información Confidencial, ni en su totalidad ni en parte, a ningún tercero, ni utilizarla o disponer de ella para cualquier fin distinto de aquél para el que fue revelada, sin la autorización previa por escrito de la otra parte.

La obligación de confidencialidad tendrá́ una duración indefinida, manteniéndose en vigor con posterioridad a la terminación, por cualquier causa, de la relación entre las partes y será́de obligado cumplimiento para los correspondientes empleados y colaboradores, tanto externos como internos.

La obligación de confidencialidad regulada en esta cláusula no es aplicable a:

- (i) la información que, en el momento de su divulgación, ya fuera de dominio público;

- (ii) la información que, tras haber sido revelada, por una parte, pase a ser de dominio público a través de publicaciones o por otros medios, sin infracción por parte de la otra parte.

CLÁUSULA NOVENA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

El Empleador y Oktalent se obligan a cumplir la normativa de protección de datos personales vigente (en especial, Reglamento General de Protección de Datos UE 679/2016 (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales 3/2018 (LOPDGDD) y cualquier normativa que la desarrolle y/o substituya) en relación con los datos personales que traten y/o faciliten a la otra parte y, en especial, en relación con los datos personales de los Candidatos que Oktalent facilite al Empleador; en este sentido, Oktalent garantiza al Empleador que habrá́ cumplido con los artículos 11 y 27 LOPD.

CLÁUSULA DÉCIMA. GENERALIDADES

La relación entre el Empleador y Oktalent es de prestación de servicios y, por tanto, estrictamente mercantil. En consecuencia, no se deriva ningún tipo de relación de agencia, joint venture o de vínculo laboral entre ellas.

En el supuesto de que el Empleador y Oktalent deseen modificar algún aspecto de las Condiciones Extraordinarias, deberán acordarse a través del correspondiente Apéndice, y previamente notificarlo por correo electrónico a Oktalent para su aprobación.

CLÁUSULA UNDÉCIMA. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

Las Condiciones Extraordinarias se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación española.

Para cualquier discrepancia que pudiera surgir y no se resolviera de forma amistosa, el Empleador y Oktalent, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Córdoba.